Los programas presentados en las Cámaras, perdieron su Estado Parlamentario al no ser tratados por los Constituyentes. La Comunidad Homosexual Argentina (CHA) y la Asociación Civil Vox de Rosario, acusan a la Iglesia de “presionar para entorpecer la causa”.
por Graciana Petrone
El Proyecto de Ley Nacional de Unión Civil se presentó en el Senado en diciembre del 2005, no fue aprobado y en consecuencia, perdió su Estado Parlamentario. “Los legisladores desperdiciaron la oportunidad de igualar sus derechos y debatirlos”, esgrimió el asesor jur
ídico de la CHA, Pedro Paradisso Sottile. Al tiempo que explicó, que luego de conseguir importantes avances a nivel nacional e internacional, surgió la elaboración de un nuevo proyecto con un “texto totalmente renovado”.
Paradisso Sottile, es directivo y Coordinador del Area Jurídica de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA). En el ámbito internacional, es Representante del Cono Sur de la Asociación Internacional de Gays y Lesbianas América Latina y El Caribe y participó en la ONU por el derecho a la no discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género. La CHA, es una institución con más de dos décadas de trabajo. Su logro más importante fue en el 2002, la aprobación de la Ley 1.004 de Unión Civil en Buenos Aires. Recientemente, consiguió que la Administración Nacional De Seguridad Social (ANSES), otorgue el pago de pensiones por fallecimiento a parejas de gays, lesbianas y trans.
Actualmente, la Unión Civil en Argentina sólo está vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos aires, Villa Carlos Paz y la Provincia de Río Negro. Consiste en el reconocimiento de algunas pautas jurídicas (mediante la presentación en un registro) a la unión de dos personas independientemente de su sexo, que acrediten una relación pública estable de al menos dos años. No debe confundirse con el matrimonio entre personas del mismo sexo, que solamente puede ser determinado por el legislativo nacional. Reconoce la inscripción en obras sociales y medicinas prepagas, la solicitud de un crédito en conjunto o vacacionar en el mismo período que el concubino. En tanto, el matrimonio garantiza otras facultades más amplias, como adoptar, heredar y exigir la separación de bienes gananciales en caso de divorcio.
La Comisión Redactora responsable de elaborar el nuevo proyecto de Ley Nacional, está integrada por la Jueza Graciela Medina y el Departamento Jurídico de la CHA. El asesor legal de la entidad, explicó que los argumentos del nuevo tratado se basan en el “derecho” de fundar una familia y casarse de manera válida, un “derecho” universal que esta garantizado en la mayoría de los pactos internacionales de derechos humanos.
“Parece que todavía no entendieron que vivimos en un estado laico y democrático”
ídico de la CHA, Pedro Paradisso Sottile. Al tiempo que explicó, que luego de conseguir importantes avances a nivel nacional e internacional, surgió la elaboración de un nuevo proyecto con un “texto totalmente renovado”.
Paradisso Sottile, es directivo y Coordinador del Area Jurídica de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA). En el ámbito internacional, es Representante del Cono Sur de la Asociación Internacional de Gays y Lesbianas América Latina y El Caribe y participó en la ONU por el derecho a la no discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género. La CHA, es una institución con más de dos décadas de trabajo. Su logro más importante fue en el 2002, la aprobación de la Ley 1.004 de Unión Civil en Buenos Aires. Recientemente, consiguió que la Administración Nacional De Seguridad Social (ANSES), otorgue el pago de pensiones por fallecimiento a parejas de gays, lesbianas y trans.
Actualmente, la Unión Civil en Argentina sólo está vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos aires, Villa Carlos Paz y la Provincia de Río Negro. Consiste en el reconocimiento de algunas pautas jurídicas (mediante la presentación en un registro) a la unión de dos personas independientemente de su sexo, que acrediten una relación pública estable de al menos dos años. No debe confundirse con el matrimonio entre personas del mismo sexo, que solamente puede ser determinado por el legislativo nacional. Reconoce la inscripción en obras sociales y medicinas prepagas, la solicitud de un crédito en conjunto o vacacionar en el mismo período que el concubino. En tanto, el matrimonio garantiza otras facultades más amplias, como adoptar, heredar y exigir la separación de bienes gananciales en caso de divorcio.
La Comisión Redactora responsable de elaborar el nuevo proyecto de Ley Nacional, está integrada por la Jueza Graciela Medina y el Departamento Jurídico de la CHA. El asesor legal de la entidad, explicó que los argumentos del nuevo tratado se basan en el “derecho” de fundar una familia y casarse de manera válida, un “derecho” universal que esta garantizado en la mayoría de los pactos internacionales de derechos humanos.
“Parece que todavía no entendieron que vivimos en un estado laico y democrático”